Circular N° 128 | ||||||||||||
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DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Señor Informamos a usted, que atendida la modificación incorporada por el Banco Central de Chile a las normas que establecían controles y restricciones para la adquisición del público de instrumentos financieros, control que el mercado denominaba Control de Madurez, Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores (DCV), a contar del 8 de octubre de 2007, dejará sin efecto las funcionalidades para controlar si la condición de los Instrumentos de Intermediación Financiera es madura o inmadura. Los instrumentos que actualmente están sujetos al referido control de madurez son: · Depósito a Plazo, Asimismo, informamos que la Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, a partir de esta misma fecha, dejará también de registrar en sus sistemas la condición de madurez de estos valores en sus terminales de transacción. Cualquier cambio en esta materia será comunicado por este mismo medio. Saluda atentamente a usted, DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., |