Circular N° 165 | ||||||||||||
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DEPÓSITO DE VALORES
Señor
Como ya ha sido informado por esta empresa mediante Circular N°136 de fecha 4 de junio de 2008, Depósito Central de Valores (DCV), comunica a sus Participantes sobre el uso obligatorio del Certificado y Firma Digital en las aplicaciones de la nueva plataforma tecnológica Web.
-Aumentar los estándares de seguridad en la nueva interfaz Web.
Se informa a los usuarios que a partir del 1º de julio 2010, sólo tendrán validez los Certificados de Firma Electrónica Avanzada contratados por el propio Participante y que cumplan con lo dispuesto en la Ley 19.799 referida a documentos electrónicos, firma electrónica y los servicios de certificación de dicha firma. Más detalles en:
Por lo anterior, se solicita a aquellos usuarios que no cuentan con este tipo de certificados, contratarlo antes de la fecha señalada, con el fin de evitar inconvenientes en el uso de las aplicaciones WEB-DCV.
Cualquier consulta favor dirigirla a la Mesa de Atención al Cliente fono 393-9001, o enviar un mail a
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
Santiago, 25 de mayo de 2010
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