Circular | Anexo | Fecha | Referencia | Estado | Download |
13 | NO | 29.10.1996 | LH | Vigente | NO |
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES
Señor
PARTICIPANTE
PRESENTE
A la fecha Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores (DCV), no está aceptando el depósito de las letras de crédito hipotecario que se encuentran duplicadas bajo los términos de codificación aplicados por el DCV, esto es, letras de crédito hipotecario que tengan un mismo código nemotécnico, un mismo valor nominal y mismo folio de lámina.
No obstante lo anterior, en virtud del acuerdo entre el Banco de Chile y el DCV, la totalidad de las letras de crédito hipotecario emitidas por dicho banco que se encuentren en la situación descrita en el párrafo precedente serán objeto de un proceso interno de refoliado, a nivel de sistema computacional, razón por la cual, comunicamos a usted que a contar de esta fecha, ha quedado habilitado el depósito de la totalidad de las letras de crédito hipotecario emitidas por el Banco de Chile.
Asimismo, informamos a usted que DCV comunicará por este mismo medio, los acuerdos que con otros bancos se adopten sobre esta materia.
Saluda atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES
Fernando Yáñez González
Gerente General
Santiago, Ooctubre 29 de 1996