Circular N° 184 | ||||||||||||
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DEPÓSITO DE VALORES
Señor
El DCV en conjunto con diversos actores del mercado ha venido desarrollando un servicio que permitirá el registro, firma y custodia centralizada y electrónica de contratos de Forward.
Con ocasión del pronto lanzamiento de este nuevo servicio, que será comunicado en su oportunidad por esta misma vía, el DCV ha incorporado un nuevo Titulo 18 a su Reglamento Interno denominado Registro Centralizado de Contratos de Forward, estableciendo la forma, características y condiciones para la prestación del servicio, y ha adecuado su actual Título 19 -Remuneraciones por los Servicios- incluyendo las tarifas que se aplicarán a este servicio.
Las modificaciones al Reglamento Interno fueron aprobadas por la SVS mediante resolución 79 del 8 de febrero de 2011 y está disponible en su versión actual en la página Web del DCV, www.dcv.cl que invitamos a revisar.
Ante cualquier duda o consulta, le agradecemos contactar a la Mesa de Atención a Clientes MAC o al teléfono (56 2) 393 90 01.
Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
Juan Videla Valenzuela Gerente General (S)
Santiago, 10 de febrero de 2011 |