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Circular N° 82 "Informe SII"

Circular Anexo Fecha Referencia Estado Download
82 NO 03.07.2003 Informe SII No Vigente NO

 

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES


Señor
PARTICIPANTE
PRESENTE

Con fecha 16 de diciembre de 2002, mediante Resolución exenta N°39, el Servicio de Impuestos Internos impartió instrucciones a las sociedades anónimas, respecto de la emisión de la Declaración Jurada Anual sobre Dividendos Distribuidos y Créditos Correspondientes, así como de los certificados que deban entregar a contar del año tributario 2004, en el sentido de que en ellos se considere la información del registro de accionistas vigente en la fecha de cierre respectivo, actualizado con todos los t.jspasos posteriores que den cuenta de la transferencia de acciones con derechos sobre el correspondiente dividendo.

Para hacer posible el cumplimiento de esta instrucción, Depósito Central de Valores SA., Depósito de Valores (DCV) modificará los sistemas de registro de operaciones con acciones de modo tal que se incluya la información relativa al acuerdo alcanzado por las partes en la fecha de negociación, en lo que se refiere a la propiedad de los derechos sobre el próximo dividendo a ser cobrado, pudiendo reportarse que el t.jspaso de los valores es con o sin derechos sobre tal dividendo.

La modificación mencionada comprenderá los sistemas de registro de operaciones informadas por las Bolsas de Valores, así como aquellas ingresadas directamente por los depositantes en el sistema computacional del DCV, sea mediante digitación o importación masiva de datos.

Asimismo, se introducirán adecuaciones en el informe "Cartola Diaria de Renta Variable", emitida por el DCV y distribuida a las sociedades emisoras, tanto en su versión impresa como electrónica, incorporando en ella la fecha de negociación de los valores y el tratamiento de los derechos sobre dividendos, con el propósito que los emisores cuenten con la información necesaria para dar cumplimiento a la citada Circular del SII. Recordamos que es responsabilidad de las partes efectuar las transferencias de fondos correspondientes a los dividendos cobrados, cuando las operaciones de compraventa de acciones que hubieren realizado sean con derechos sobre los dividendos por cobrar y se inscriban con posterioridad a la fecha de cierre del registro de accionistas respectivo.

Finalmente, hacemos presente que para las operaciones informadas por las Bolsas de Valores esta modificación estará habilitada a contar del lunes 13 de enero y, en el caso de aquellas que son registradas directamente en el sistema computacional del DCV, lo estará en el curso del mes de febrero del presente año. De esta forma, serán los propios Depositantes quienes deberán proveer información a los emisores que hubieren pagado dividendos, en los períodos que el DCV no hubiere mantenido implementada estas soluciones, de aquellos t.jspasos que den cuenta de la transferencia de acciones con derechos sobre el correspondiente dividendo.

Saludamos atentamente a usted,


DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

Francisco Javier Guiñez Ferrer
Gerente General (S)

Santiago, 10 de enero de 2003