Circular | Anexo | Fecha | Referencia | Estado | Download |
83 | NO | 10.09.2003 | Posiciones Inmaduras | Vigente | NO |
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES
Señor
PARTICIPANTE
PRESENTE
En respuesta a solicitudes y recomendaciones recibidas de diversos Participantes, relacionadas con la liquidación de compraventas de valores afectos a control de madurez, se ha resuelto introducir modificaciones en las reglas de selección de posiciones inmaduras, tendientes a facilitar la liquidación de estas operaciones y que complementan lo señalado en el numeral 7.2.2.2 del Reglamento Interno del Depósito Central de Valores SA., Depósito de Valores (DCV).
En operaciones de compraventa de posición inmadura, DCV operará de la siguiente forma:
1.- Las partes deberán registrar la operación de compraventa, indicando entre otros datos, el número de días que le restan a la posición vendida para alcanzar su madurez.
2.- El DCV verificará que exista en la cuenta de posición del vendedor, una partida de posición inmadura a la que le resten exactamente el número de días para madurar señalado en la operación. En caso de existir, el DCV retendrá la posición encontrada.
3.- En caso de que no exista una partida de posición inmadura a la que le resten exactamente el número de días para madurar señalado en la operación, el DCV reemplazará la partida de la operación por alguna otra partida de posición inmadura existente en la cuenta.
3.1 Si el instrumento es fungible, la partida inexistente será reemplazada por cualquier otra partida de posición inmadura existente en la cuenta, privilegiando las partidas a las que les reste un mayor número de días para madurar.
3.2 Si el instrumento no es fungible, como es el caso de los Depósitos a Plazo Fijo, la partida inexistente será reemplazada por cualquier otra partida de posición inmadura existente en la cuenta, que incluya un título cuyo monto coincida exactamente con el de la operación. Sólo en caso de que no exista una partida de posición inmadura que cumpla con lo indicado anteriormente, la operación quedará pendiente de posición.
Lo descrito anteriormente regirá tanto para compraventas, como transferencias y t.jspasos y estará vigente a contar del día lunes de 13 de enero de 2003.
Saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES
Francisco Javier Guiñez Ferrer
Gerente General (S)