Modificaciones al artículo 104 de LIR |
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Señores Participantes Depósito Central de Valores (DCV) informa que, con ocasión de la próxima entrada en vigencia de las modificaciones a la Ley de Impuesto a la Renta (LIR), se pondrá a disposición de los Emisores de instrumentos acogidos al artículo N°104 de la LIR y sus respectivos pagadores, una “Cartola de Amortizaciones e Intereses por Evento de Capital” (INTE). Esta cartola incorporará la información para las retenciones que correspondan y será un complemento del archivo de pago enviado por el DCV con ocasión de cada evento de capital. Su envío se realizará a partir del 1 de febrero de 2017, y se depositará en la casilla general de cada pagador. Adicionalmente, a partir del 1 de marzo de 2017, el DCV podrá emitir, a requerimiento de los respectivos Depositantes, un certificado de posición que contenga el detalle de los instrumentos mantenidos en su cuenta y acogidos al artículo N°104 de la LIR. Las tarifas asociadas a este tipo de certificados, las pueden consultar en el Reglamento Interno en el numeral 20.3.11 AQUí. Para mayor información, agradecemos contactar a la Saludamos atentamente. |