Remuneración por los servicios
Las remuneraciones de la Empresa se devengarán diariamente, se liquidarán mensualmente y se distribuirán de manera que los Participantes contribuyan a sufragarlas equitativamente considerando en especial la proporción de la cantidad y valor de sus tenencias, como los montos y frecuencias de las operaciones efectuadas. Adicionalmente, el DCV podrá cobrar a los Participantes montos fijos, los que constituirán igualmente parte de su remuneración.
Reglamento interno, título 19, remuneración de los servicios
Las modificaciones a las tarifas antes señaladas o a la metodología de su cálculo, se acordarán en la forma indicada en el Reglamento Interno de la Empresa y comunicada al Depositante en la forma indicada en el Contrato.