Las remuneraciones de la Empresa se devengarán diariamente, se liquidarán mensualmente y se distribuirán de manera que los Participantes contribuyan a sufragarlas equitativamente considerando en especial la proporción de la cantidad y valor de sus tenencias, como los montos y frecuencias de las operaciones efectuadas. Adicionalmente, el DCV podrá cobrar a los Participantes montos fijos, los que constituirán igualmente parte de su remuneración.
Reglamento interno, título 20, de la remuneración de los servicios
Las modificaciones a las tarifas antes señaladas o a la metodología de su cálculo, se acordarán en la forma indicada en el Reglamento Interno de la Empresa y comunicada al Depositante en la forma indicada en el Contrato.
Nota:
El Depósito Central de Valores (DCV) informa que su Directorio, en sesión del pasado martes 13 de diciembre de 2016, acordó entregar un descuento comercial de 11% sobre la facturación mensual para sus clientes. Este descuento será efectivo a partir del 1 de enero de 2017.
Ver Circular Nº 302 y detalles de descuento comercial sobre facturación