Circular | Anexo | Fecha | Referencia | Estado | Download |
10 | NO | 29.05.1996 | Inutilización de Cupones | Vigente | NO |
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES
Señor
PARTICIPANTE
PRESENTE
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento Interno del DCV, por la presente informamos a ustedes el procedimiento que el DCV utilizará para destruir o inutilizar los cupones vencidos y pagados de los valores que hubieran sido ingresados a depósito.
- Forma de Inutilizar
Los títulos o cupones serán inutilizados por uno cualquiera de los siguientes métodos, según lo convenga el DCV con cada uno de los Emisores:
A través de un timbre con sello que contendrá la leyenda "Anulado por Sorteo" o "Anulado por Extinción", según corresponda. Luego serán ingresados en bolsas plásticas que una vez selladas, serán entregadas a los respectivos emisores junto a una guía de despacho que indicará el contenido de cada bolsa.
A través de la destrucción de los títulos. De este proceso se dejará constancia en un acta que, entre otros antecedentes, contendrá el detalle de los títulos destruidos.
- Casos en que se realizará la inutilización
Los cupones vencidos adheridos a un título serán inutilizados antes cumplir con un retiro de posición.
Los títulos vencidos serán inutilizados de la forma y en la oportunidad que el DCV lo haya acordado con los respectivos Emisores.
Saluda atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES
Fernando Yáñez González
Gerente General
Santiago, Mayo 29 de 1996