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Circular N° 161 "DCV Informa prorroga de fecha para fungibilizar los efectos de comercio."

Circular Anexo Fecha Referencia Estado Download
161 No 31.12.2009 DCV Informa prorroga de fecha para fungibilizar los efectos de comercio. Vigente

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DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

 

Señor
PARTICIPANTE
Presente

 

Depósito Central de Valores (DCV) informa a sus participantes, que se ha prorrogado la Fungibilización de los Efectos de Comercio para el día 1 de febrero de 2010.

El cambio de modalidad de manejo en este tipo de emisión, de no  fungible a fungible, permitirá eliminar el vínculo entre los saldos de  las cuentas de posición y títulos específicos, facilitando con ello los  procesos de emisión, negociación y liquidación de este tipo de  instrumento. Algunas de las ventajas más importantes del manejo de  posiciones fungibles se plasman en la disminución de tareas operativas,  mejoras en los procesos de liquidación de transacciones, mayor rapidez  en el proceso de emisión y disminución de costos, entre otras.

 

Esta modificación afectará a los Efectos de Comercio vigentes en custodia, así como también a las futuras emisiones físicas y desmaterializadas.

 

 

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES.

 


Fernando Yáñez González
Gerente General

Santiago, 31 de diciembre de 2009