Circular | Anexo | Fecha | Referencia | Estado | Download |
25 | No | 27.05.1997 | Liquidación de REnta Variable | Vigente | No |
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES
Señores Participantes
Se informa que la liquidación de las transacciones de instrumentos de renta variable que se registren en el Depósito Central de Valores (DCV) a contar del 30 de mayo próximo, deberá ser efectuada conforme lo establecido en los Capítulos 7, 8 y 9 del Titulo VIII del Reglamento Interno del DCV, esto es, del mismo modo en que se liquidan hoy en día las transacciones de instrumentos de renta fija e intermediación financiera.
El DCV espera habilitar en breve plazo los mecanismos que permitan a los depositantes que operan como Corredores de Bolsa, liquidar sus transacciones a través de los sistemas de liquidación compensada multilateral ofrecidos por las Bolsas de Valores, procedimientos que están siendo analizados en conjunto con dichas instituciones.
Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES