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Circular Nº 229 "Nuevos instrumentos (acciones) en los registros de valores extranjeros de la SVS"

Circular Anexo Fecha Referencia Estado Download
229 SI 20.03.2013

Nuevos instrumentos (acciones) en los registros de valores extranjeros de la SVS

Vigente SI

 

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

 

Señor Participante

Depósito Central de Valores informa a sus participantes que se han listado los siguientes nuevos instrumentos (acciones) en el Registro de Valores Extranjeros de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y que a partir del 21 de marzo 2013 podrán ser transados localmente en la Bolsa de Valores Extranjeros de conformidad al Título XXIV de la Ley 18.045 y normas complementarias dictadas por la SVS.

Hacemos presente que DCV ofrecerá, en el contexto del Servicio de Bolsa de Valores Extranjeros, los servicios de custodia de estos valores y registro de las transacciones que tengan lugar con estos instrumentos, en base al acuerdo mantenido con Deutsche Bank, entidad que a través de Deutsche Securities Corredores de Bolsa Limitada, ha actuado como patrocinador en el listado de estos nuevos instrumentos extranjeros.

Recordamos a nuestros Depositantes la forma de operar con valores extranjeros y sobre la reglamentación que regula este servicio, y aclaramos que el modelo operativo será equivalente al actualmente en vigencia para los ETF que hoy se transan en la Bolsa de Valores Extranjeros.

De esta forma:

  1. Los Depositantes que deseen adherir al Servicio de Custodia de Bolsa de Valores Extranjeros inscritos en el Registro de Valores Extranjeros de la SVS deberán firmar, por única vez, el Anexo al Contrato de Depósito denominado Anexo de Custodia Internacional.
    Las tarifas por este servicio serán uniformes para todos los Depositantes y serán provistas a aquellos que deseen contratar el servicio, quienes deberán suscribirlas en señal de aceptación.
  2. Los valores extranjeros custodiados en el DCV serán abonados en las cuentas de posición vigentes del Depositante, identificándose a través del respectivo código del instrumento.
  3. La liquidación de las transacciones con los valores extranjeros en el mercado chileno, se realizará bajo la misma modalidad que aplica para las operaciones con valores nacionales, es decir, liquidación entre contrapartes o liquidación bilateral.
    Así, las Bolsas de Valores enviarán diariamente a DCV un archivo con las respectivas operaciones y, su liquidación en cuanto al efectivo, se realizará bilateralmente entre los corredores de bolsa que sean parte de la respectiva transacción, en dólares de los Estados Unidos de América, como se detalla el Manual de Operaciones del Mercado de Valores Extranjeros de las respectivas Bolsa de Valores.
  4. La negociación de estos valores en el mercado extranjero, será efectuada por los Depositantes y deberán ser instruidas a DCV a través del Formulario de Registro de Operaciones Internacionales (FROI).
  5. Los derechos patrimoniales que decreten entidades emisoras sobre los valores que se mantengan en Depósito, se sujetarán a las prácticas de operación que estén vigentes en DCV.
  6. DCV ofrecerá a los beneficiarios finales de los valores (a través del depositante) que requieran obtener una menor tasa de retención de impuestos sobre el pago de dividendos, hacer la gestión de recopilar los formularios W-8IMY (caso de intermediarios), W-8BEN (beneficiarios finales) o W-9 (caso de ciudadanos norteamericanos), según sea el caso, en original y debidamente completos, para presentarlos ante el Custodio Internacional.
    Lo anterior en caso alguno significa que DCV asuma responsabilidades por los resultados fiscales que le sean aplicables por el Custodio o Agente Retenedor Extranjero ni será su tarea brindar asesoría tributaria de alguna clase. Los Depositantes e Inversionistas son quienes deben conocer las condiciones de los mercados en los que operan. Los Formatos e instructivos pueden ser consultados y obtenidos desde el Sitio del IRS de EEUU.
  7. Los detalles y particularidades del servicio a ser ofrecido por DCV se contienen en el documento denominado "Guía de Operación Servicio Custodia Internacional" cuya copia podrá ser descargada en esta misma circular.

Para descargar Guía de Operaciones Servicio Custodia Internacional

Para descargar listado de 60 nuevas acciones inscritas


Cualquier consulta favor dirigirla a la mesa de atención a clientes internacional, InterMAC, al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o tomar contacto telefónico a: (56 2) 2393 9366 - (56 2) 2393 9368 - (56 2) 2393 9307



Sin otro particular le saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES.

Fernando Yáñez González
Gerente General

Santiago, 20 de enero de 2013