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Circular N° 76 "Rescate Anticipado"

Circular Anexo Fecha Referencia Estado Download
76 NO 17.01.2002 Rescate Anticipado Vigente NO

 

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

Señor
PARTICIPANTE
PRESENTE


Informamos que Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores (DCV), ha liberado el servicio de “Rescate Anticipado en Cuentas de Posición”. Las características y condiciones del servicio son coincidentes con las informadas en la Circular N° 75 para los valores emitidos por el Banco Central de Chile, del 22 de octubre del 2001.

En general, el servicio permite declarar el vencimiento anticipado de valores de renta fija intermediación financiera mantenidos en cuentas de posición, previa confirmación de la institución emisora o pagadora, según se trate de valores desmaterializados o materiales, rebajándose las posiciones correspondientes o t.jspasándose a las cuentas de valores vencidos de la institución pagadora respectiva, si es que estuvieran respaldadas por títulos físicos.

Habiendo culminado las pruebas y realizado todos los ajustes para prestar satisfactoriamente este servicio, a la fecha el DCV está en proceso de incorporar este servicio y su tarifa ya definida, a los Contratos de Depósito y Reglamento Interno del DCV. No obstante dada la necesidad de algunos de nuestros depositantes de utilizar el servicio desde ya, se aplicará en estos casos la siguiente tarifa, equivalente a aquella que está en proceso de formalización:

Rescates Anticipados de Valores de Renta Fija e Intermediación Financiera
 
 
La tarifa por Rescates Anticipados de Valores de Renta Fija e Intermediación Financiera será de: 0,001% del monto nominal rescatado. Esta tarifa no le será aplicable a Depositantes que resulten ser Emisores de la posición rescatada.

La presente Circular tendrá vigencia a contar de esta fecha.
   

Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES.

Fernando Yáñez González
Gerente General
Santiago, 17 de enero de 2002