Boletines

Inmobiliaria Manquehue S.A.: Información e instrucciones de pago Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISFUT)

Señores participantes:

El Directorio de Inmobiliaria Manquehue S.A. (en adelante la “Sociedad”), en sesión celebrada con fecha 21 de marzo de2022, acordó citar a Junta Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las 10:00 horas del día 18 de abril de 2022 para que en ésta, entre otras materias, se someta a su aprobación el pago de un dividendo definitivo con cargo a las utilidades líquidas del ejercicio 2021, ascendente a $ 2.957.779.930. Este dividendo corresponde a la cantidad de $ 5 por acción, para ser pagado a partir del día 29 de abril de 2022, a los titulares de las acciones que figuren inscritas en el Registro de Accionistas a la medianoche del día 23 de abril de 2022.

Lo anterior fue comunicado por Hecho Esencial con fecha 22 de marzo de 2022 a la Comisión para el Mercado Financiero y al mercado, publicándose el primer aviso de citación a la referida Junta el día 4 de abril del presente año, en el diario “La Nación”.

Por este acto, la Sociedad informa a los accionistas que, una vez acordada por la Junta Ordinaria de Accionistas la distribución del dividendo definitivo propuesto, la Sociedad habilitará un procedimiento para que los accionistas que así lo decidan puedan acceder al régimen legal transitorio y opcional que contempla el pago de un impuesto sustitutivo de los impuestos finales (es decir, sustitutivo de impuesto global complementario o impuesto adicional) también denominado “ISFUT” (Impuesto sobre las utilidades tributables acumuladas en el FUT), conforme lo establecido en el artículo 25 transitorio de la Ley 21.210 y lo indicado en las Circulares 43/2020 y 39/2021 y Oficios 215/2021 y 2762/2021 todos del Servicio de Impuestos Internos (en adelante “Regulación del SII”), para lo cual se otorgan desde ya los siguientes antecedentes:

Para tales efectos, le informamos lo siguiente:

  1. Conforme al artículo 25 transitorio de la Ley 21.210 y la Regulación del SII, los contribuyentes sujetos al Impuesto de Primera Categoría determinado en base a contabilidad completa, como es el caso de la Sociedad, que al término de los años comerciales 2020 o 2021 registren utilidades tributables generadas hasta el 31 de diciembre del año 2016, y que, en su condición de tales, mantengan pendiente su tributación con impuestos finales, pueden optar por pagar el ISFUT con tasa de 30%, sobre una parte o la totalidad de dicho saldo, con deducción como crédito del impuesto de primera categoría correspondiente1. En aplicación de lo anterior, se informa que efectuada la deducción de dichos créditos, la tasa efectiva aplicable para efectos del ISFUT en el caso de Inmobiliaria Manquehue S.A. asciende a 12,17212%.

  2. El pago del ISFUT permite anticipar la declaración y pago de los impuestos finales (impuesto global complementario o adicional) de las rentas acumuladas en el registro fondo de utilidades tributables pendientes de tributación con dichos impuestos finales, pudiendo ser distribuida por la Sociedad con preferencia a otras utilidades y sin sujetarse a los órdenes de imputación generales.

  3. Con la declaración y pago del ISFUT queda entonces cumplida totalmente la tributación con el impuesto a la renta de las cantidades distribuidas acogidas al régimen de ISFUT.

  4. En relación con el dividendo que en definitiva se acuerde distribuir por la Junta Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día 18 de abril próximo, (la “Junta de Accionistas”), los accionistas de la Sociedad que tengan derecho a recibir dicho dividendo, podrán instruir por escrito a la Sociedad para que ésta proceda a pagar el ISFUT a título de impuesto de la Ley sobre Impuesto a la Renta que corresponda al dividendo al que tengan derecho, según el número de acciones que cada uno indique y que se encuentren inscritas a su nombre a la medianoche del día 23 de abril de 2022 (fecha establecida en el aviso de citación).

  5. Para lo anterior, los accionistas que ejerzan esta facultad, deberán instruir a la Sociedad autorizando que descuente y destine un 12,17212% del monto del dividendo que les corresponda por dichas acciones, al pago del ISFUT respectivo. De tal manera, los referidos accionistas soportarán el costo del pago de dicho impuesto por el monto que les corresponda, siendo neutro para la Sociedad. El saldo del dividendo, se transferirá al accionista, conforme a los procedimientos habituales.

  6. Los accionistas que decidan instruir a la Sociedad para disponer y percibir su dividendo en la forma antes indicada, deberán hacer llegar a la Sociedad el formulario de instrucciones adjunto a la presente carta a más tardar a las 18:00 horas del día 25 de abril de 2022. Respecto de los accionistas que decidan no enviar dichas instrucciones, se entenderá irrevocablemente que han optado por sujetar el dividendo que les corresponda al régimen general de tributación aplicable a dichas rentas.

  7. Los accionistas deberán completar y enviar el formulario de instrucciones antes de las 18:00 horas del día 25 de abril de 2022, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con copia a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

  8.  Los accionistas que decidan no acogerse al régimen de ISFUT, no requerirán enviar comunicación alguna a la Sociedad y recibirán el dividendo por el total del monto acordado en la Junta de Accionistas, sujetándose las rentas respectivas a las reglas generales tributarias aplicables a ese tipo de rentas (artículo 14 A N° 4 de la Ley de Impuesto a la Renta y la Circular N°73 de 2020 del SII).

  9.  La Sociedad deja constancia que este documento es informativo, basado en la norma legal citada y Regulación del SII, y que no efectúa por esta vía recomendación alguna en particular. Las decisiones que adopten los accionistas respecto de las materias informadas es libre y privativa de cada accionista, y dependerá del análisis independiente que cada cual efectúe. 

Esta información, junto con las referidas instrucciones, se ha publicado en el sitio web del DCV Registros (www.dcv.cl), en la sección “boletines” del menú “centro de noticias”.

 

Formulario de Instrucciones para opción
de pago de ISFUT de Inmobiliaria Manquehue S.A.

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Carta informativa sobre opción de Pago del impuesto
Sustitutivo de Impuestos Finales (“ISFUT”) de
Inmobiliaria Manquehue S.A.

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Para mayor información favor contactar a
Atención Accionistas

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