Boletines

Coca-Cola Embonor S.A.: Información e Instrucciones Pago Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISFUT)

REITERA INFORMACIÓN A LOS ACCIONISTAS Y PARTICIPANTES SOBRE OPCIÓN DE PAGO DE IMPUESTO SUSTITUTIVO DE IMPUESTOS FINALES (ISFUT) E INSTRUCCIONES QUE PODRÁN IMPARTIR LOS ACCIONISTAS DE COCA-COLA EMBONOR S.A. CON OCASIÓN DEL DIVIDENDO PROPUESTO PARA LA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS CITADA PARA EL DÍA 8 DE NOVIEMBRE DE 2021.:

1.- El Directorio de Coca-Cola Embonor S.A. (“la Sociedad”), en sesión celebrada con fecha 20 de Octubre de 2021, acordó citar a Junta Extraordinaria de Accionistas (“la Junta”), a celebrarse a las 10:00 horas del día 8 de noviembre de 2021, en El Golf N° 40, piso 4, comuna de Las Condes, Santiago, (en la que también se podrá participar en forma remota) para someter a su aprobación el pago de un dividendo eventual con cargo a las utilidades acumuladas de la Sociedad correspondientes a ejercicios anteriores, ascendente en total a la cantidad de $48.423.771.857. Este dividendo corresponde a la cantidad de $92,38095 por acción de la Serie A y a $97,00000 por acción de la Serie B, para ser pagado a partir del día 19 de noviembre de 2021, a los titulares de las acciones que figuren inscritas en el Registro de Accionistas a la medianoche del día 13 de noviembre de 2021.

Lo anterior fue comunicado por Hecho Esencial con igual fecha 20 de octubre a la Comisión para el Mercado Financiero y al mercado, publicándose el primer aviso de citación a la referida Junta el día 22 de octubre en curso, en los diarios El Mercurio de Santiago y La Estrella de Arica.

2.- La Sociedad ha comunicado por correo a los accionistas a través del DCV Registros y, a su vez, ha informado a través de su página web: https://www.embonor.cl/informacion-de-interes-jea, que respecto del dividendo eventual que resuelva la Junta, los accionistas que así lo decidan podrán acceder al régimen legal transitorio y opcional que contempla el pago de un impuesto sustitutivo de los impuestos finales (es decir, sustitutivo de impuesto global complementario o impuesto adicional) también denominado “ISFUT”, conforme lo establecido en el artículo 25 transitorio de la Ley 21.210 y lo indicado en las Circulares 43/2020 y 39/2021 y Oficios 215/2021 y 2762/2021 todos del Servicio de Impuestos Internos (en adelante “Regulación del SII”).

Por esta comunicación se reitera la información proporcionada y se pone a disposición el respectivo Formulario de Instrucciones que debe ser enviado a la Sociedad por quienes decidan aplicar el régimen de pago de ISFUT:

  • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 transitorio de la Ley 21.210 y la Regulación del SII, los contribuyentes sujetos al Impuesto de Primera Categoría determinado en base a contabilidad completa, como es el caso de la Sociedad, que al término de los años comerciales 2020 o 2021 registren utilidades tributables generadas hasta el 31 de diciembre del año 2016, y que, en su condición de tales, mantengan pendiente su tributación con impuestos finales, pueden optar por pagar el ISFUT con tasa de 30%, sobre una parte o la totalidad de dicho saldo, con deducción como crédito del impuesto de primera categoría correspondiente. En aplicación de lo anterior, se informa que efectuada la deducción de dichos créditos, la tasa efectiva aplicable para efectos del ISFUT en el caso de Coca-Cola Embonor S.A. asciende a 10,11%.
  • Con la declaración y pago del ISFUT queda cumplida totalmente la tributación con el impuesto a la renta de las cantidades acogidas al régimen de ISFUT, pudiendo ser distribuidas por la Sociedad con preferencia a otras utilidades y sin sujetarse a los órdenes de imputación generales.
  • En relación con el dividendo que en definitiva se acuerde distribuir por la Junta Extraordinaria de Accionistas a celebrarse el día 8 de Noviembre próximo, (la “Junta de Accionistas”), los accionistas de la Sociedad que tengan derecho a recibir dicho dividendo, podrán instruir por escrito a la Sociedad para que ésta proceda a pagar el ISFUT a título de impuesto de la Ley sobre Impuesto a la Renta que corresponda al dividendo al que tengan derecho, según el número de acciones que cada uno indique y que se encuentren inscritas a su nombre a la medianoche del día 13 de Noviembre de 2021 (fecha establecida en el aviso de citación a Junta).
  • Para lo anterior, los accionistas que decidan ejercer esta facultad, deberán instruir a la Sociedad autorizando que descuente y destine un 10,11% del monto del dividendo que les corresponda por dichas acciones, al pago del ISFUT respectivo. De tal manera, los referidos accionistas soportarán el costo del pago de dicho impuesto por el monto que les corresponda, siendo neutro para la Compañía. El saldo del dividendo, se transferirá al accionista, conforme a los procedimientos habituales.
  • Instrucciones: Las personas que decidan instruir a la Sociedad para disponer y percibir su dividendo en la forma antes indicada, deberán hacer llegar a la Sociedad, a más tardar a las 14:00 del día 15 de noviembre de 2021, el Formulario de Instrucciones que se indica al final de esta comunicación.

IMPORTANTE: Las personas que mantengan sus acciones en custodia de una corredora (o a través de un banco custodio), deberán solicitar a éstos el envío a la Sociedad del Formulario de Instrucción para el pago del ISFUT, según las indicaciones que se contienen en el mismo formulario.

  • Respecto de los accionistas que decidan no enviar dichas instrucciones, se entenderá irrevocablemente que han optado por sujetar el dividendo que les corresponda al régimen general de tributación aplicable a dichas rentas, sin necesidad de enviar comunicación alguna a la Sociedad, y recibirán el dividendo por el total del monto acordado en la Junta de Accionistas, sujetándose las rentas respectivas a las reglas generales tributarias aplicables a ese tipo de rentas (artículo 14 A N° 4 de la Ley de Impuesto a la Renta y la Circular N°73 de 2020 del SII).
  • La Sociedad deja constancia que este documento es informativo, basado en la norma legal citada y Regulación del SII, y que no efectúa por esta vía recomendación alguna en particular. Las decisiones que adopten los accionistas respecto de las materias informadas es libre y privativa de cada accionista, y dependerá del análisis independiente que cada cual efectúe.

Formulario de Instrucciones para opción de pago de ISFUT de
Coca-Cola Embonor S.A. disponible para descargar

https://www.embonor.cl/formulario-instructiciones-ISFUT

Descargar

Este Boletín es meramente informativo, siendo de exclusiva responsabilidad del accionista, la decisión de tomar o no esta opción.

Para mayor información favor contactar a
Atención Accionistas

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  +56 223 939 003