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Norma Nº432 de la CMF amplía los instrumentos financieros que pueden ser custodiados en los depósitos de valores

Norma Nº432 de la CMF amplía los instrumentos financieros que pueden ser custodiados en los depósitos de valores
cabecera web boletin 20 03 2019 esp

Señores Participantes:

Tenemos el agrado de informar que, en comunicado oficial de fecha 18 de marzo de 2019, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió la Norma Nº432, que amplía la gama de instrumentos financieros que pueden ser depositados en empresas de depósito y custodia de valores regidas por la Ley N°18.876.

Entre los instrumentos que pueden ser depositados se encuentran:

  • Facturas
  • Títulos representativos de productos emitidos de conformidad a la Ley N°19.220
  • Concesiones acuícolas, mineras o de otro tipo, permisos medioambientales y los certificados que acrediten el dominio de los derechos emanados de esas concesiones o permisos
  • Certificados de depósito
  • Cartas de crédito stand by emitidas por bancos con clasificación de riego al menos A o equivalente
  • Boletas Bancarias emitidas por bancos locales o extranjeros
  • Contratos derivados
  • Contratos con cláusulas de retrocompra o retroventa, o compromisos de compra o venta, de valores
  • Certificados de fianza
  • Pólizas de seguro de garantías

Para el DCV, la norma significa ampliar las funciones propias de la empresa como depósito de valores y expandir la gama de productos y servicios a otros instrumentos.

"Estamos muy satisfechos con la publicación por parte de la Comisión para el Mercado Financiero de la Norma N°432 que amplía la gama de instrumentos financieros que pueden ser depositados en el DCV”.

Fernando Yáñez. Gerente General