Circular N° 117 | ||||||||||||
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DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Señor 1. Mantener actualizada la nómina de sus apoderados y correspondientes registros de firmas, así como la nómina de funcionarios autorizados para efectuar retiros de documentos o valores desde las instalaciones de DCV. Si es de su interés conocer los apoderados y funcionarios que su institución mantiene a la fecha, registrados en el DCV, le agradeceremos tomar contacto con nuestra Mesa de Atención de Clientes al teléfono 393 9001 y realizar, en caso que corresponda, las respectivas actualizaciones.
Fernando Yáñez González Santiago, 07 de enero de 2006 |
Research Center
Circular N° 116 | ||||||||||||
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DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Señor A la fecha, Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores (DCV) ha comprobado que cada vez que el mercado exhibe fluctuaciones en sus tasas de interés que derivan en la emisión de nuevos instrumentos, como fue el caso del día 8 de noviembre y del pasado 12 de octubre del año en curso, un número importante de las operaciones de compraventa provenientes del mercado bursátil son catalogadas en el DCV en estado "Rechazado de Validación” debido a que los instrumentos respectivos no han sido registrados en el DCV. Esto, a su vez, es consecuencia de que el registro de la emisión desmaterializada de los instrumentos en el DCV ocurre más tarde que el registro de las operaciones de compraventa respectivas El registro oportuno de la emisión desmaterializada por parte de la institución emisora respectiva es un requisito indispensable para permitir a los Depositantes proceder a la liquidación de sus operaciones, materia que ha sido informada por DCV a sus clientes emisores y que se espera tenga un mejor desempeño en el futuro. Cuando el atraso se produce, los Depositantes que exhiben operaciones en estado "Rechazado de Validación” deben esperar hasta que el emisor efectúe la emisión desmaterializada respectiva en el DCV, para luego relanzar tales operaciones una a una a través de la aplicación cliente DCV, lo cual genera retrasos significativos en el proceso de liquidación. En pos de mitigar los efectos de esta situación, el DCV anuncia la incorporación de cambios en las reglas de procesamiento de operaciones de compraventas, que consideran la creación de un nuevo estado, denominado “Pendiente de Instrumento”, bajo el cual serán catalogadas todas aquellas operaciones provenientes del mercado bursátil que exhiban un código de instrumento no registrado en el DCV. Adicionalmente, se provee un mecanismo de monitoreo continuo sobre el registro de nuevos instrumentos y el cambio automático del estado de las operaciones “Pendiente de Instrumento” a estado “Pendiente de Comparación”. De este modo, ya no será necesario que los usuarios relancen tales operaciones a través de la aplicación cliente DCV. Los cambios mencionados se harán efectivos a contar de esta misma fecha. En caso de cualquier duda que usted tenga, le solicitamos contactar a la Mesa Atención de Clientes a los teléfonos 3939001.
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Fernando Yáñez González Santiago, 10 de noviembre de 2005 |
Circular N° 115 | ||||||||||||
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DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Señor Como es de conocimiento de los Depositantes corredores de bolsa que efectúan operaciones de compra de instrumentos sujetos a control de madurez (DPF), éstos deben registrar en los sistemas computacionales de Depósito Central de Valores S.A. Depósito de Valores (DCV) el dato “Destino de la Compra”, pudiendo corresponder a "Intermediación" o "Inversión", dato que es relevante para el control de madurez de tales instrumentos. Las posiciones “Madura” adquiridas por un Corredor de Bolsa conservan ese estado, sí el destino de la compra es “Intermediación” y en caso contrario, adoptan el estado “Inmadura”. Considerando que el dato “Destino de la Compra”, no es capturado por los sistemas de negociación de las bolsas de valores, muchas veces no es informado al DCV, provocando que las transacciones queden en estado "Rechazado de Validación", a la espera que el Depositante las corrija agregando el dato faltante, a través del sistema computacional del DCV. A objeto de proveer mayor fluidez al proceso de liquidación de transacciones, se analizó y acordó establecer un valor predeterminado para poblar el indicador “Destino de la Compra”, cuando el dato es omitido al informar la operación al DCV, identificándose el valor que representa la condición más frecuentemente registrada, aun cuando en algunos casos pueda no corresponder a la realidad y exigir una corrección de parte del comprador. El valor predeterminado que poblará el indicador “Destino de la Compra” será el de "Intermediación". En mérito de lo anterior, en adelante se deberá tener presente las siguientes situaciones:
Cualquier consulta que usted tenga, le solicitamos contactar a la Mesa Atención de Clientes a los teléfonos 3939001.
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Fernando Yáñez González Santiago, 13 de octubre de 2005 |
Circular N° 114 | ||||||||||||
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DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Señor Con el propósito de aclarar algunas consultas recibidas sobre la modalidad de liquidación de operaciones de compraventa mediante Documentos, descrita en el Título 11 del Reglamento Interno del Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores (DCV), en particular sobre el proceso de ajuste automático de cuentas que realiza el sistema computacional del DCV y complementando anteriores Circulares Nº 51 y 63, se informa lo siguiente:
Saluda atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Fernando Yáñez González |
Circular N° 113 | ||||||||||||
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DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Señor Con ocasión de la próxima implementación del programa de modernización de los sistemas de pago impulsado por el Banco Central de Chile, bajo modelos de Entrega contra Pago o DVP por sus siglas en inglés, Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores (DCV) informa a los Depositantes de las tareas y consideraciones que deberán ser tenidas en cuenta.
Saludamos atentamente a usted, DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A., Fernando Yáñez González |