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Innovando hacia una senda digital: El turno de las garantías financieras

head nov 02 2018

Las oportunidades en el sistema financiero aparecen (y desaparecen) en segundos. Es muy relevante, particularmente en el campo legal, aprovechar tales oportunidades sobre todo cuando éstas van en una dirección acorde a los tiempos de innovación que se exigen a los mercados en general. Por eso, desde hace algunos años, tanto la autoridad como las instituciones privadas han trabajado fuertemente en incorporar mejoras, automatizaciones, eliminar verdaderos “lomos de toro” que impiden agilizar y automatizar tareas y que, a la larga, se traducen en costos para los usuarios que muchas veces pueden retrasar desarrollos a nivel de mercado.

Hace ya algunos años, la dictación del marco legal que permitió la creación del Depósito Central de Valores (DCV) significó, entre otras innovaciones para el mercado de capitales, eliminar la existencia de títulos físicos representativos de los diferentes valores (desmaterialización) y permitir que las transferencias de estos fueran mediante cargos y abonos electrónicos, eliminando así endosos y entregas físicas entre otros.

Hoy, como resultado de cambios legales al ya referido marco legal que regula el funcionamiento de las empresas de depósito y custodia de valores, se ha logrado contar con una nueva alternativa para la constitución de garantías sobre valores depositados en custodia en el DCV. Esta última modernización, que autoriza la creación de la llamada prenda especial, representa una alternativa que automatiza los procesos de constitución y alzamiento de garantías sobre valores, elimina formalidades en estas tareas y contempla un expedido y simple mecanismo de ejecución, con el consiguiente ahorro de tiempo y costos, modalidad de prenda que nos acerca a legislaciones modernas que demandan, en el contexto de los mercados de valores, esquemas eficientes para estos procesos.

En simple, de esquemas de constitución de garantías financieras (y su alzamiento) basados en la extensión de escrituras públicas o privadas, de protocolizaciones y de notificaciones según fuera el caso, estamos en frente a un sistema 100% electrónico, donde los tiempos para el registro y alzamiento de garantías sobre valores son segundos versus semanas de los sistemas actuales y, de paso, como otra externalidad, se eliminan trámites notariales asociados a los sistemas actualmente vigentes para las diversos tipos de prendas que nuestra legislación contempla. Sin duda toda una innovación, especialmente para nuestra profesión de abogados.

Como resultado de cambios legales al ya referido marco legal que regula el funcionamiento de las empresas de depósito y custodia de valores, se ha logrado contar con una nueva alternativa para la constitución de garantías sobre valores depositados en custodia en el DCV. Esta última modernización, que autoriza la creación de la llamada prenda especial Javier Jara Traub, Gerente Comercial y de Nuevos Negocios

Y qué decir lo que significa para los distintos actores del mercado, en especial para las áreas legales, contar con una ejecución o realización de la garantía en un plazo de horas, sin un proceso judicial previo, bastando instrucciones electrónicas para la ejecución en subasta pública en alguna bolsa de valores. Sin duda éste es también un elemento del todo relevante para considerar su utilización.

Hoy el DCV mantiene activos bajo custodia que totalizan 9.269,2 millones de UF, los que gracias al cambio que comentamos podrán ser utilizados como colateral para garantizar toda clase de obligaciones. Estamos seguros de que esta modernización generará un cambio importante en el sistema de garantías financieras y para los abogados que trabajan en esta industria, lo que sin duda ayudará al desarrollo del mercado de capitales chileno.

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