Circular | Anexo | Fecha | Referencia | Estado | Download |
362 | SI | 26.08.2024 | Nuevo Servicio Digital. Depósito y retiro de instrumentos de Renta Variable | Vigente | SI |
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES
Señores participantes
El Depósito Central de Valores informa el inicio del Nuevo Servicio Depósito y Retiro de Instrumentos de Renta Variable Digital, a partir del próximo lunes 2 de septiembre de 2024, incorporando un modelo de digitalización y automatización en una nueva plataforma complementaria a DCV Evolución (DCVe), con importantes beneficios a los depositantes entre los que destacamos:
- La generación de operaciones electrónicas que reemplazan el formulario de traspaso de depósito y retiro de renta variable, usado actualmente,
- La autorización electrónica de las operaciones que reemplazan las aprobaciones mediante firma física realizadas actualmente por el depositante y el DCV,
- El depositante no recibirá la carta de rechazo, por la no aprobación de la operación por parte del emisor. Para conocer el motivo de rechazo, deberá consultar en DCVe.
La estrategia de adopción al cambio del servicio considera:
- Por un período acotado de tiempo, en adelante “período de transición”, estará disponible el nuevo servicio digital y el procedimiento actual implementado en pandemia y ratificado post alerta sanitaria (notificación de operaciones por correo electrónico y utilización de formulario digital en hoja de cálculo), recalcando:
- Los depositantes que adhieran al nuevo servicio digital, en adelante sólo podrán utilizar esta modalidad para sus operaciones de depósito y retiro, y no el procedimiento implementado en pandemia. Por consiguiente, aquellas operaciones recibidas con el procedimiento implementado en pandemia no serán procesadas y serán consideradas como “no recibidas”.
- Luego del término de este período de transición, que será comunicado oportunamente,quedará disponible sólo el nuevo servicio digital, y para aquellos depositantes que no adopten este último, deberán operar vía formulario físico, donde este último tendrá asociado condiciones tarifarias distintas.
El Nuevo Servicio Depósito y Retiro de Renta Variable Digital tiene la misma tarifa vigente en el reglamento interno del DCV numerales 19.3.5.1 (depósito) y 19.3.8.2 (retiro) respectivamente.
Designación de apoderados y testigos
El nuevo servicio digital requiere que los participantes designen apoderados y testigos que podrán aprobar/rechazar la operación de traspaso o retiro, utilizando RSA token, proporcionado por el DCV, como segundo factor para aprobar las operaciones.
Se recuerda que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno del DCV, el Administrador de Seguridad del participante, tiene la facultad de habilitar, asignar perfiles a los demás usuarios del participante, conformar los perfiles y las tareas que éstos podrán realizar a través de los sistemas. En consecuencia, los usuarios que por cuenta y cargo del participante hagan uso del sistema, se entiende que están autorizados para impartir instrucciones al DCV relativas a transacciones, y han sido habilitados por el propio participante a través de los Administradores de Seguridad.
El DCV destaca que, en consideración a todo lo anterior, ha estructurado una implementación y liberación por fases, por lo que, durante los próximos días recibirán una invitación a una charla de capacitación (taller online), focalizada en la revisión de detalles de la nueva plataforma de digitalización del D&R RV (principales características, perfiles necesarios y un caso práctico).
Por último, dejamos a disposición de los participantes, el manual de operación del servicio.
Manual Depósito y Retiro de Instrumentos de Renta Variable Digital
Ante cualquier duda, comuníquese con su ejecutivo comercial
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Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES