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Circular N° 360 "Normativa aplicable en materia tributaria para el Servicio Custodia Internacional"

Circular Anexo Fecha Referencia Estado Download
360 NO 05.08.2024

Normativa aplicable en materia tributaria para el Servicio Custodia Internacional

Vigente NO

 

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

Señores depositantes

Como es de su conocimiento, el Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores (DCV), ofrece a los depositantes el servicio de custodia de valores mantenidos en el extranjero, sobre la base de los acuerdos con custodios internacionales para la apertura de cuentas de custodia.

Dicho servicio, está regido por las disposiciones del Reglamento Interno de DCV, por el Anexo al Contrato de Depósito denominado Anexo de Custodia Internacional y la Guía de Operaciones del Servicio de Custodia Internacional publicada en el sitio web de DCV. Adicionalmente se aplican las normas particulares que cada uno de los Custodios Internacionales imponen para operar, las que el DCV comunica en su página web y que son vinculantes para el depositante y sus mandantes.

En relación con el servicio, queremos recordar lo señalado en la Guía de Operaciones en cuanto a que, el DCV no proporciona ningún tipo de asesoría tributaria, por lo que es de responsabilidad de cada depositante conocer la normativa aplicable en estas materias, incluyendo aspectos como los eventuales beneficios a los que podrían acceder de acuerdo con la estructura de cuentas, instrumentos y la titularidad de la posición, como también las restricciones, documentación requerida en los plazos exigidos y sanciones impuestas por aquella normativa.

En mérito de lo señalado, el acceso a los potenciales beneficios tributarios debe ser validado por cada depositante con sus propios asesores, y el DCV, si así correspondiere, tiene en esta materia como exclusivo rol el de presentar oportunamente la documentación necesaria ante el custodio respectivo y la autoridad competente, si correspondiera, sin responsabilidad por los resultados fiscales que sean aplicables por el custodio o agente retenedor extranjero.

 

Para más información, favor contáctenos
Canales de Atención DCV
Correo electrónico | Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Atención telefónica | +56 22 393 9001

 

Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES