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Circular Nº 193 Convenio Judicial Preventivo presentado por Empresas La Polar S.A.

Circular Anexo Fecha Referencia Estado Download
193 No 12.10.2011

Convenio Judicial Preventivo presentado por Empresas La Polar S.A.

Vigente

 NO

 

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

Señor
Participante

DCV ha tomado conocimiento del Convenio Judicial Preventivo presentado por Empresas La Polar S.A., cuyos detalles pueden ser consultados en el Diario Oficial del día 3 de septiembre de 2011, por lo que hacemos presente a usted, que en relación con dicha materia y tratándose de emisiones desmaterializadas y ante eventual incumplimiento de pago por parte del Emisor referido, nuestro Reglamento Interno dispone:

a) Numeral 14.5.1: En caso de no pago de un evento de capital por parte del Emisor, los Depositantes deben informar a DCV, dentro de los 5 días hábiles contados desde el vencimiento, la falta de dicho pago; en mérito de dicha notificación, DCV entregará al Depositante, un certificado emitido de conformidad con el artículo 14 bis de la Ley 18876.

b) Numeral 14.5.2: En caso que el Emisor sea objeto de un proceso de liquidación judicial o extrajudicial o sea declarado en Quiebra, DCV deberá igualmente poner a disposición de los Depositantes el certificado mencionado en la letra a) precedente

De acuerdo con el citado artículo 14 bis de la Ley 18.876, el certificado emitido por DCV tiene mérito ejecutivo en contra del emisor y demás obligados a su pago.

En caso que su entidad requiera solicitar el certificado antes mencionado, deberá comunicarse con nuestra

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o alteléfono (56 2) 393 9001.

Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES.

Fernando Yáñez González
Gerente General
Santiago, 12 de octubre de 2011