Señores participantes:
Informamos a ustedes que Con motivo del pago del dividendo definitivo N° 264 (el “Dividendo Definitivo”) acordado en Junta Ordinaria de Accionistas de Compañía Cervecerías Unidas S.A. (“CCU” o la “Sociedad”) celebrada con fecha 13 de abril de 2022 (la “Junta”), a que tienen derecho los accionistas que figuren como tales en el registro respectivo en la fecha indicada en la letra c) siguiente (los “Accionistas”), CCU pone a disposición de aquellos Accionistas que así lo deseen, y que aún no han comunicado su voluntad a la Sociedad, un procedimiento para que puedan optar por pagar el Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (esto es, sustitutivo de impuesto global complementario o adicional) respecto de las utilidades acumuladas en el Fondo de Utilidades Tributables de CCU (“ISFUT”), de conformidad a lo establecido en el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley N° 21.210 de 24 de febrero de 2020 y a las instrucciones impartidas por el Servicio de Impuestos Internos (“SII”), en particular, aquellas contenidas en las Circulares N° 43 de 2020 y N° 39 de 2021 y en los Oficios Ordinarios N° 215 y N° 2.762 del año 2021 (“las instrucciones del SII”).
Para tales efectos, le informamos lo siguiente:
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De conformidad a las instrucciones del SII, los Accionistas pueden optar por pagar el ISFUT con tasa de 30%, sobre una parte o la totalidad del saldo de utilidades tributables acumuladas generadas hasta el 31 de diciembre del año 2016, que CCU, como contribuyente sujeto al impuesto de primera categoría determinado en base a contabilidad completa, mantenga al cierre del ejercicio comercial de los años 2020 ó 2021, con deducción como crédito del impuesto de primera categoría correspondiente. De acuerdo a lo anterior, efectuada la imputación de dichos créditos, se informa que la tasa efectiva sobre el monto acogido al régimen del ISFUT en el caso de los Accionistas de CCU asciende a 12,5553%.
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El pago del ISFUT permite dar por cumplido el pago del impuesto global complementario o adicional, según corresponda, pudiendo CCU distribuir dicha utilidad con preferencia a otras y sin sujetarse a las órdenes de imputación generales que contempla la Ley sobre Impuesto a la Renta.Con la declaración y pago del ISFUT queda entonces cumplida totalmente la tributación con el impuesto a la renta de las cantidades distribuidas acogidas al régimen de ISFUT.
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Atendido lo anterior, en relación al pago del Dividendo Definitivo acordado distribuir en la Junta, habiendo transcurrido la fecha de corte para su pago y como una manera de dar certeza al ejercicio de esta opción conforme a las instrucciones del SII, los Accionistas podrán instruir a la Sociedad para que ésta pague el ISFUT por todo o parte del Dividendo Definitivo que les corresponda, según el número de acciones inscritas a su nombre a la medianoche del día 22 de abril de 2022.
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Los Accionistas que decidan no pagar el ISFUT recibirán el Dividendo Definitivo por la totalidad de su importe acordado en la Junta, y este Dividendo Definitivo se sujetará tributariamente a las reglas generales aplicables a ese tipo de rentas (de acuerdo al artículo 14 A N° 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y la Circular N° 73 de 2020 del SII). Lo mismo aplicará a los Accionistas que no hayan comunicado oportunamente a la Sociedad su decisión de pagar o no el ISFUT.
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Los Accionistas que instruyan a CCU a efectuar el pago del ISFUT por la totalidad o parte de las acciones inscritas a su nombre a la medianoche del 22 de abril en curso, autorizarán a que un 12,5553% del monto del Dividendo Definitivo que les corresponda por dichas acciones, sea destinado por CCU a pagar el ISFUT. De tal manera, dichos Accionistas soportarán el costo del pago de dicho impuesto por el monto que les corresponda.
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Dado que a la fecha no se han recibido solicitudes de los Accionistas para el ejercicio de esta opción, estimamos conveniente reiterar que los Accionistas recién señalados que deseen ejercer esta opción deberán hacer llegar a la Sociedad el formulario “Instrucciones Pago Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISFUT)”. Por razones de buen orden administrativo, solicitamos que ello sea efectuado a más tardar a la medianoche del día 25 de abril de 2022. Vencido el plazo anterior, deberemos entender que los Accionistas que no hayan remitido dichas instrucciones han optado por sujetar el Dividendo Definitivo que les corresponda al régimen general de tributación aplicable a tales rentas.
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Por lo anterior, es necesario que estas instrucciones se completen conforme al instructivo adjunto y se envíen al correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con copia al correoEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .
Esta información, junto con las referidas instrucciones, se ha publicado como información de interés de mercado en el sitio web de inversionistas de CCU (www.ccuinvestor.com), sección publicaciones, subsección información de interés para el mercado y en el sitio web de DCV Registros (www.dcv.cl), en la sección “Boletines” del Menú “Centro de noticias”.
Formulario de Instrucciones para opción
de pago de ISFUT de Compañía Cervecerías Unidas S.A.
Carta informativa sobre opción de Pago del impuesto
Sustitutivo de Impuestos Finales de Compañía Cervecerías Unidas S.A.
Para mayor información favor contactar a
Atención Accionistas