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Principios para las infraestructuras del mercado financiero

 

DCV comparte con ustedes un extracto de los principios, la publicación completa está disponible en el sitio Web de BIS (www.bis.org) y en el sitio Web de  IOSCO (www.iosco.org).

© Bank for International Settlements and International Organization of Securities Commissions 2012. All rights reserved. Brief excerpts may be reproduced or translated provided the source is stated.
ISBN 92-9131-108-1 (print)
ISBN 92-9197-108-1 (online)

 

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PRINCIPIO 1: Base Jurídica


Una infraestructura del mercado financiero (FMI) debe contar con una base jurídica que esté bien fundamentada, que sea transparente y exigible, y que cubra cada aspecto de sus actividades en todas las jurisdicciones pertinentes.

PRINCIPIO 2: Buen Gobierno


Una FMI deberá contar con unos mecanismos de gobierno que sean claros y transparentes, que fomenten la seguridad y la eficiencia de la propia FMI, y que respalden la estabilidad del sistema financiero en general, otras consideraciones de interés público pertinentes y los objetivos de las correspondientes partes interesadas.

PRINCIPIO 3: Marco para la gestión integral de riesgos


Una FMI deberá disponer de un sólido marco de gestión de riesgos para gestionar de manera integral el riesgo legal, de crédito, de liquidez y operativo, entre otros.

PRINCIPIO 4: Riesgo de Crédito


Una FMI deberá medir, controlar y gestionar de forma eficaz el riesgo de crédito derivados de sus participantes y de sus propios procesos de pago, compensación y liquidación. Una FMI deberá mantener recursos financieros suficientes para cubrir su exposición crediticia a cada participante por su valor completo con un elevado grado de confianza. Asimismo una entidad de contrapartida central (CCP) deberá mantener recursos financieros adicionales para cubrir una amplia gama de escenarios posibles de tensión, entre los que se incluirán, sin limitarse a ellos, escenarios de incumplimiento de (uno/dos) participante(s) y de sus filiales que puedan llegar a causar la mayor exposición crediticia agregada posible en caso de materializarse condiciones de mercado extremas pero plausibles.

PRINCIPIO 5: Garantías


Una FMI que requiera garantías para gestionar su propio riesgo de crédito o el de sus participantes deberá aceptar garantías que tengan un bajo riesgo de crédito, de liquidez y de mercado. Asimismo, la FMI deberá fijar y exigir límites de concentración y recortes de precios debidamente conservadores.

PRINCIPIO 6: Márgenes


Una CCP deberá cubrir sus exposiciones crediticias frente a sus participantes con respecto a todos los productos a través de un sistema de márgenes eficaz, que esté basado en el riesgo y que sea revisado con regularidad.

PRINCIPIO 7: Riesgo de liquidez


Una FMI deberá medir, controlar y gestionar de forma eficaz su riesgo de liquidez. Asimismo una FMI deberá mantener recursos líquidos suficientes para poder efectuar liquidaciones mismo día y, en caso oportuno, liquidaciones intradía, de sus obligaciones de pago con un elevado grado de confianza con arreglo a una amplia gama de escenarios posibles de tensión, entre los que se incluirán, sin limitarse a ellos, escenarios de incumplimiento de (uno/dos) ) participante(s) y de sus filiales que puedan llegar a causar la mayor necesidad de liquidez agregada posible en caso de materializarse condiciones de mercado extremas pero plausibles.


PRINCIPIO 8: Firmeza en la liquidación


Una FMI deberá proporcionar servicios de liquidación definitivos con claridad y certeza, como mínimo, al finalizar la fecha valor. Cuando sea necesario o preferible, una FMI deberá proporcionar servicios de liquidación definitivos intradía o en tiempo real.

PRINCIPIO 9: Liquidaciones monetarias


Una FMI deberá realizar sus liquidaciones monetarias en dinero del banco central cuando sea posible y estos recursos estén disponibles. En caso de no utilizarse dinero del banco central, la FMI deberá minimizar y controlar estrictamente el riesgo de crédito y de liquidez derivado del uso de dinero de bancos comerciales.

PRINCIPIO 10: Entregas físicas


Una FMI deberá establecer claramente sus obligaciones con respecto a la entrega de instrumentos físicos o materias primas y deberá identificar, controlar y gestionar los riesgos asociados a tales entregas físicas.

PRINCIPIO 11: Centrales depositarias de valores


Una central depositaria de valores (CSD) deberá disponer de reglas y procedimientos adecuados que contribuyan a garantizar la integridad de las emisiones de valores y a minimizar y gestionar los riesgos asociados a la salvaguarda y transferencia de valores. Una CSD deberá mantener valores que estén inmovilizados o desmaterializados para que puedan transferirse mediante anotaciones en cuenta.

PRINCIPIO 12: Sistema de liquidación de intercambio por valor.


Si una FMI liquida operaciones que implican la liquidación de dos obligaciones vinculadas (por ejemplo, operaciones con divisas o valores), deberá eliminar el riesgo de principal condicionando la liquidación definitiva de una obligación a la liquidación definitiva de la otra.

PRINCIPIO 13: Reglas y procedimientos relativos a incumplimiento de participantes.


Una FMI deberá disponer de reglas y procedimientos eficaces y claramente definidos para gestionar incumplimientos de participantes que permitan a la FMI tomar medidas oportunas para contener las pérdidas y las presiones de liquidez, y continuar cumpliendo con sus obligaciones.

PRINCIPIO 14: Segregación y movilidad


Una CCP deberá disponer de reglas y procedimientos que permitan la segregación y movilidad de posiciones y garantías que pertenezcan a clientes de un participante.

PRINCIPIO 15: Riesgo general de negocios


Una FMI deberá identificar, controlar y gestionar su riesgo empresarial general y mantener activos netos suficientemente líquidos financiados a través de su patrimonio neto para cubrir posibles pérdidas generales del negocio de manera que pueda continuar prestando como empresa en funcionamiento. Esta cantidad deberá ser suficiente en todo momento para garantizar la reestructuración o liquidación ordenada de tales actividades y servicios más importantes de la FMI durante un período de tiempo adecuado.

PRINCIPIO 16: Riesgo de custodia y inversión


Una FMI deberá salvaguardar sus activos y minimizar el riesgo de pérdida o retraso en el acceso a los mismos, incluidos aquellos activos que hayan sido depositados por sus participantes. Las inversiones de una FMI deberán efectuarse en instrumentos que tengan riesgos de crédito, mercado y liquidez mínimos.

PRINCIPIO 17: Riesgo operativo


Una FMI deberá identificar todas las fuentes plausibles de riesgo operativo, tanto internas como externas, y minimizar su impacto a través del uso de sistemas, controles y procedimientos adecuados. Los planes de continuidad del servicio deberán tener como objetivo la recuperación oportuna de las operaciones y el cumplimiento de las obligaciones de la FMI, incluso en caso de que se produzcan alteraciones a gran escala.

PRINCIPIO 18: Requisitos de acceso y participación


Una FMI deberá contar con criterios de participación objetivos, basados en el riesgo y que se encuentren a disposición del público, de modo que permitan un acceso justo y abierto.

PRINCIPIO 19: Mecanismos de participación con varios niveles.


En la medida de lo posible, una FMI deberá identificar, entender y gestionar los riesgos a que se enfrente en relación con sus mecanismos de participación con varios niveles.

PRINCIPIO 20: Enlaces con otra FMI


Una FMI que establezca enlaces con una o varias FMI deberá identificar, controlar y gestionar los riesgos relacionados con estos enlaces.

PRINCIPIO 21: Eficiencia y eficacia


Una FMI deberá ser eficiente y eficaz al cubrir las necesidades de sus participantes y de los mercados a los que preste sus servicios.

PRINCIPIO 22: Normas y procedimientos de comunicación.


Una FMI deberá utilizar o tener en cuenta el uso de las normas y procedimientos de comunicación internacionalmente aceptados pertinentes para facilitar el registro, pago, compensación y liquidación eficientes en procesos que involucren otros sistemas.

PRINCIPIO 23: Divulgación de reglas y procedimientos principales.


Una FMI deberá disponer de reglas y procedimientos claros e integrales y deberá proporcionar suficiente información para permitir que los participantes cuenten con un entendimiento preciso de los riesgos que contraen al participar en la FMI. Todas las reglas pertinentes y los procedimientos principales deberán divulgarse públicamente.

PRINCIPIO 24: Divulgación de datos de mercado


Un registro de operaciones (TR) deberá proporcionar datos precisos y oportunos a las autoridades pertinentes y al público en línea con sus respectivas necesidades.

 

 

 

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