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Circular N° 151 “Se Fungibilizan los DPF” (spanish only)
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Circular N° 151 “Se Fungibilizan los DPF” (spanish only)

10 OF JUNE, 2009 | 21

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Señor
PARTICIPANTE
Presente

Depósito Central de Valores (DCV) informa a sus participantes, que a partir del próximo 3 de  agosto de 2009 los Depósitos a Plazo Fijo (DPF) serán considerados en el DCV como instrumentos fungibles. Cabe recordar que este tipo de instrumento junto a los efectos de comercio, son los únicos que a la fecha manejan la condición de no fungible en el DCV. Esta modificación afectará a los DPF vigentes en custodia, así como también a las futuras emisiones físicas y desmaterializadas.


El cambio de modalidad de manejo en este tipo de emisión, de no  fungible a fungible, permitirá eliminar el vínculo entre los saldos de  las cuentas de posición y títulos específicos, facilitando con ello los  procesos de emisión, negociación y liquidación de este tipo de  instrumento. Algunas de las ventajas más importantes del manejo de  posiciones fungibles se plasman en la disminución de tareas operativas,  mejoras en los procesos de liquidación de transacciones, mayor rapidez  en el proceso de emisión y disminución de costos, entre otras.

Como  parte del plan de puesta en marcha de este proyecto, el DCV invita a  los bancos a inscribirse en las pruebas que se iniciarán el próximo 6  de julio, cuyo objetivo es verificar el correcto funcionamiento de los  sistemas y/o procedimientos internos de cada una de las instituciones  participantes. Las inscripciones podrán ser realizadas contactando a la  señora Melba Letelier, al correo [email protected] o al teléfono 393  9000.


Es importante de destacar que en una primera etapa se harán fungibles sólo los DPF, dejando para una segunda oportunidad los efectos de comercio.


Saludamos atentamente,

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

Ante cualquier consulta le agradeceremos contactar a la Mesa de Atención a Clientes MAC