Circular N° 337 "Política de cobro de intereses por deuda de clientes en mora"

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337 No 07.09.2021 Política de cobro de intereses por deuda de clientes en mora Vigente No

 

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

Señores Participantes

Como es de su conocimiento, mediante la Ley N°21.131 publicada el 16 de enero de 2019, se establece que aquellos acreedores que registren deudas de clientes en estado de morosidad podrán aplicar intereses por mora y una comisión fija por recuperación de pagos.


El Depósito Central de Valores S.A. (DCV), y sus filiales DCV Registros S.A. y DCV Asesorías y Servicios S.A., de acuerdo con lo pactado en sus contratos, en particular el Contrato de Depósito y el Contrato de Administración de Registros de Accionistas/Aportantes, se encuentran facultados para aplicar intereses a las cantidades adeudadas por concepto de remuneración de sus servicios.

Por medio de esta circular, se comunica que de acuerdo con nuestra “Política de cobro de intereses por deuda de clientes en mora”, se procederá a aplicar intereses a partir de septiembre de 2021, bajo los siguientes lineamientos:

Condición de mora

Tasa de interés

Mecánica de cobro de los intereses

 

Para más información, invitamos a todos a contactar a la
Mesa de atención a clientes, MAC

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  +56 223 939 001

 

Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,    

DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES

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