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Señores Participantes
El Depósito Central de Valores S.A. informa que, se incluye un nuevo valor susceptible de ser custodiado en el DCV denominado Documento de Pago (DDP) y se creará bajo el nuevo tipo de instrumento “DDP emitido por el FET – Ley 21.472”.
En respuesta a la Ley del Ministerio de Energía Nº 21.472 del año 2022, que crea un Fondo de Estabilización de Tarifas y establece un nuevo mecanismo de estabilización transitorio de precios de la electricidad para clientes sometidos a regulación de precios, los artículos 7° y 8° de la ya citada ley en su inciso segundo establece que, el Ministerio de Hacienda emitirá un título de crédito transferible a la orden, luego de verificados los antecedentes de los documentos de cobro recibidos y verificados por el Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, a su vez, la Tesorería General de la República, de acuerdo con lo establecido en los artículos 7° y 10° de la ley, deberá realizar los pagos correspondientes, al portador del documento de pago (DDP) emitido en conformidad con el artículo 8°, dicho documento de pago es depositable en el DCV y se creará bajo el nuevo tipo ya referido anteriormente.
Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES