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Señores Participantes
Depósito Central de Valores S.A. (DCV) informa que ha quedado habilitado el servicio para que los valores extranjeros que hoy se transan en el Mercado de Valores Extranjeros (MVE) regido por las disposiciones del Título XXIV de la Ley 18.045, puedan ser negociados y liquidados en moneda nacional (CLP) y en la moneda de origen.
Las particularidades de este nuevo servicio, así como el procedimiento para solicitar que posiciones en valores extranjeros mantenidos en moneda extranjera (ejemplo USD) sean llevadas a posiciones en CLP, se indica en la Guía adjunta.
Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES