Tiempo de lectura: 2 minutos
Señores Emisores y Depositantes:
El Depósito Central de Valores y su filial DCV Registros, informan los protocolos y procedimientos de excepción a implementar con el objetivo de facilitar los procesos frente a la crisis sanitaria que enfrenta el país.
El nuevo procedimiento consiste en reemplazar, transitoriamente, el envío físico y firmado de distintos formularios y antecedentes, por un envío a través de correo electrónico con objeto de aprobar o rechazar las operaciones informadas.
Es importante tener presente que, una vez concluida la contingencia sanitaria, se exigirá regularizar estos formularios a los emisores y depositantes bajo los procedimientos vigentes.
Para adherir al nuevo protocolo de excepción:
Los emisores, previo a operar en esta modalidad, deberán adherir a este nuevo protocolo. Lo anterior se realiza enviando el documento adjunto firmado por el gerente general o apoderados facultados, a [email protected] para su validación.
Nuevo procedimiento de excepción, por tipo de operación:
1.-Traspasos de Depósito y Retiro de Instrumentos de Renta Variable:
Los Depositantes que haya adherido al protocolo de excepción, enviarán los traspasos al DCV por correo electrónico y el DCV los registrará para proceder a enviarlos a los Emisores enrolados
Con ello se suprime, durante este período, la entrega de los formularios manuales de Depósitos y Retiros de Renta Variable, para su procesamiento.
Recibirá un correo electrónico enviado desde la cuenta [email protected], formulario con la operación (ver ejemplo aquí) que el depositante está presentando al DCV y que éste ha validado para su tramitación.
Deberá notificar por correo electrónico a la misma cuenta su aprobación o rechazo de la operación enviada. En caso de estar «Conectado» a la aplicación del DCV, no requerirá notificación de dicha acción.
El DCV solicitará quincenalmente a los depositantes los formularios originales debidamente firmados, regularizando las operaciones en contingencia, los cuales serán remitidos a los emisores para su regularización. (en caso de no ser posible, se extenderá periódicamente).
Si el Emisor No Administrado por la filial DCV Registros no adhiere, el DCV procederá a rechazar el traspaso debido a la imposibilidad de entregarse físicamente.
Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A.,
DEPÓSITO DE VALORES